El ahorrador ante las bajas rentabilidades de los depósitos bancarios.

Tras las últimas medidas del Banco Central Europeo, el ahorrador se ha encontrado con que el tradicional producto de ahorro, el depósito bancario, ha dejado de dar rentabilidades atractivas, los intereses que hoy en día puede dar un depósito bancario se sitúan ya por debajo del 1% anual (recomiendo este artículo al respecto, para una idea más profunda de la situación actual).

depósitos bancarios

Estas rentabilidades implican un cambio de escenario importante, el ahorrador ya no se encuentra satisfecho con un producto que le rinde menos de  un 1% y exige mayor rentabilidad a sus ahorros, como es hasta cierto punto lógico.

el ahorrador en depósitos bancarios ya no considera suficientes rentabilidades inferiores al 1% y busca alternativas

El problema es que, como hemos visto en otros artículos de este blog, cuando alguien sube en la escalera de la rentabilidad lo normal es que a su vez suba en la escalera del riesgo que tiene que asumir. Y es precisamente en esto, en donde existe ya una cierta divergencia, entre lo que un ahorrador busca en un depósito bancario y lo que se encuentra cuando contrata otro producto financiero “sustituto”. Un asesor financiero es quien puede darte una clara visión de los riesgos y rentabilidades esperadas de las diferentes alternativas.

A modo de resumen:

Depósitos bancarios en entidades financieras extranjeras.

Cada vez es más frecuente encontrar ofertas, sobretodo por internet, de depósitos que rinden algo más que los depósitos bancarios de las entidades tradicionales, normalmente comprobamos como se trata de bancos que suelen ser extranjeros, es decir, entidades financieras no españolas.

Aquí es muy importante diferenciar entre una entidad europea, supervisada por el BCE (Banco Central Europeo), o bien una entidad extranjera que no lo esté. Como comprenderás, es evidente que nuestra seguridad será muy superior si la entidad esta supervisada por el BCE, no recomiendo utilizar depósitos de entidades financieras no europeas ya que sus normativas de control y supervisión pueden ser bastante “laxas”, por decirlo de una manera suave.

Recuerda también, que la mayoría de estados miembros de la UE, garantizan los depósitos bancarios de sus entidades financieras hasta cantidades muy importantes, por ejemplo en España hasta los 100.000€ por titular. Cada país garantiza una cantidad diferente, por lo que si nuestro patrimonio es importante, es aconsejable conocer estas peculiaridades.

Lo que yo directamente descartaría, es realizar un depósito bancario con cualquier entidad financiera que tenga su domicilio en algún paraíso fiscal, ya que el ahorrador/inversor normal no tiene capacidad de diferencias entre entidades seguras y las no seguras, por tanto cualquier entidad con domicilio social en un paraíso fiscal debería quedar descartado por muy atractiva que nos resulte su publicidad (tengo constancia de que aprovechando la coyuntura de bajos tipos de interés, han aparecido en la prensa anuncios de entidades financieras offshore ofreciendo atractivas rentabilidades).

Mi consejo es siempre realizar depósitos bancarios con entidades reconocibles y supervisadas por el BCE.

Renta fija como alternativa a los depósitos bancarios.

La renta fija puede resultar atractiva como alternativa a los depósitos, sin embargo el principal problema con la renta fija es que es un producto financiero totalmente distinto a lo que un ahorrador espera de un depósito bancario, y debe tener claro los siguientes puntos si no quiere llevarse sorpresas:

El rendimiento que va a obtener el inversor/ahorrador únicamente es “fijo” a vencimiento (por tanto, antes de que llegue a vencimiento, el inversor puede tener pérdidas).

Existen importantes “costes” a la hora de adquirir instrumentos de renta fija.

Seleccionar un buen activo de renta fija es complicado y se necesitan conocimientos especializados.

Si quiebra el emisor del activo de renta fija, no estamos cubiertos por ningún fondo de garantía y podemos perder la totalidad de la inversión.

Por tanto mi consejo es invertir únicamente a través de fondos de inversión, en donde obtendremos una diversificación importante, podremos invertir el importe que deseemos y además el patrimonio del fondo será gestionado por expertos en renta fija. Evidentemente, hay que saber escoger un buen fondo de renta fija.

Fondos garantizados.

Es lo que están ofreciendo a sus clientes los bancos como alternativa.

es  habitual que a la hora de renovar nuestros depósitos bancarios el comercial de la oficina bancaria nos ofrezca como alternativa un fondo garantizado

Aquí caben casi las mismas advertencias que he comentado sobre la renta fija, y además una peculiaridad más preocupante, los fondos garantizados suelen estar diseñados con unos altos márgenes a favor de las entidades financieras, lo que implica unos altos costes por parte de los inversores. Es decir, hablando de manera clara, el banco te está colocando un producto caro con el que ellos van a ganar mucho dinero y tú vas a tener difícil sacarle un rendimiento, puede que incluso incurras en pérdidas (no creas que es algo poco habitual que un fondo garantizado acabe dando pérdidas).

Mi consejo es que únicamente invirtamos en un fondo garantizado si tenemos muy claro que el activo de referencia se va a revalorizar con fuerza y somos conscientes de que vamos a pagar cara la “garantía” (podemos entender que pagar cara una “garantía” puede deberse a supuestos en donde no existe otra posibilidad a nuestro alcance o consideramos que la calidad de la “garantía” es superior a otras en ese momento). Si no tenemos claras ambas cosas, mejor buscar otros activos.

Fondos mixtos, de baja volatilidad o de retorno absoluto.

Esta es mi alternativa a los depósitos bancarios favorita a día de hoy.

prácticamente el único activo que puede proporcionar rendimientos a un patrimonio con un riesgo “controlado” hoy por hoy

Lo primero que debes saber es que no se trata de un depósito bancario, por tanto hay que ser conscientes de los riesgos comentados hasta ahora (no tenemos ninguna garantía, rendimientos pasados no garantizan futuros, posibilidad de pérdidas, hay que saber escoger, etc).

Lógicamente, no todo es malo, de hecho si sabemos escoger bien un fondo de este tipo puede ser uno de los mejores activos financieros para invertir nuestro patrimonio.

Estos productos nos proporcionan las siguientes ventajas:

Gestión por parte de un equipo de profesionales.

Control profesional del riesgo.

Alcanzar activos que nos den una rentabilidad interesante que a modo particular nos sería imposible.

Ventajas fiscales de los fondos de inversión.

Una diversificación adecuada.

Posibilidad de invertir la cantidad que deseemos.

Liquidez total o parcial cuando lo deseemos.

Como ocurre con todos los productos financieros, mi consejo es que acudas a un profesional, él sabrá guiarte hacia una buena elección teniendo en cuenta el riesgo que estas dispuesto a asumir y tus circunstancias personales.

Es probable que en próximas entradas te cuente que método utilizo yo para “escoger” entre tanta oferta de fondos y saber cuáles son las mejores opciones.

Recuerda que si necesitas cualquier aclaración, o tienes alguna duda estaré encantado de poder ayudarte, puedes ponerte en contacto conmigo de manera privada mediante el formulario de contacto que tengo habilitado en este blog o bien mediante el método que consideres más oportuno (teléfono, email, etc).

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2 comentarios sobre “El ahorrador ante las bajas rentabilidades de los depósitos bancarios.

  1. Nothani Contestar

    Me1s que un comentario me gusatreda que me respondieras a una pregunta.El banco me manda un recibo a la cuenta que tiene la comunidad diciendo: como la cuenta arriba indicada presenta una operativa empresarial o profesional, se acuerda que no le sere1 de aplicacif3n de lo previsto en la Orden EHA/2899/2011, de 28de octubre, de transparencia y proteccif3n del cliente de servicios bancarios. bfQuiere decir que van a hacer lo que les da la gana en cuanto a cobrar comisiones, apuntes o le que sea?Gracias.

    • David Cegarra Autor del artículoContestar

      Hola Nothani, entiendo que se refieren a la clasificación de la comunidad como persona no física, sino jurídica, con las consecuencias que ello conlleva respecto a diversos ámbitos como protección del inversor, blanqueo de capitales, deberes de información, etc. Lo mejor es que consultes como va a afectar esto a tu cuenta en tu banco.
      La normativa indicada sólo es aplicable a personas físicas, por lo que no podrás atenerte a los derechos previstas en esta ley.
      “Artículo 2. Ámbito de aplicación.
      1. La presente orden será de aplicación a los servicios bancarios dirigidos o prestados a clientes, o clientes potenciales, en territorio español por entidades de crédito españolas o sucursales de entidades de crédito extranjeras. Se entenderá, a estos efectos, por clientes y clientes potenciales a las personas físicas.”

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